este Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, con sede en esta ciudad, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: Primero: DESISTIDA la apelación interpuesta por la parte demandada recurrente, contra la decisión dictada en fecha 04 de octubre de 2022, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Ciudad, en la causa signada con el Nº FP02-L-2021-000008. Segundo: Como consecuencia de la declaratoria que antecede SE CONFIRMA la decisión apelada, en virtud del desistimiento declarado. Tercero: Se condena en costas a la parte demandada recurrente de conformidad con el artículo 60 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Remítase el presente expediente al Tribunal de Origen, previo cumplimiento de las formalidades de Ley.