este Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, con sede en esta ciudad, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de hecho interpuesto por la parte actora EUGENIO MOLINA MARES, contra la sentencia dictada el 17/03/2023, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, que oye el recurso de apelación en un solo efecto, ejercido contra la decisión que fija definitivamente la estimación, proferida el 09/03/2023, en la causa Nº FP02-L-2014-000076, en consecuencia se ordena al tribunal ut supra mencionado a escuchar en ambos efectos la antes mencionada apelación. SEGUNDO: No se condena en costas dadas las características del fallo.