En mérito a las consideraciones expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL incoada por la ciudadana YUSLEY ERISKARINA ACOSTA BOLÌVAR, contra la negativa del INSTITUTO DE SALUD PÙBLICA, de acatar la Providencia Administrativa inserta en el asunto signado con la nomenclatura 018-2014-01-00027 de fecha 22-01-2014, dictada por la Inspectoría del Trabajo del Estado Bolívar.