Por todos los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO PRIMERO (1º) DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO, DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR, SEDE CIUDAD BOLÍVAR, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Nulidad, incoado por la Sociedad Mercantil MAKRO COMERCIALIZADORA, S.A., contra la Providencia Administrativa Nº 2016-00033, dictada por la INSPECTORIA DEL TRABAJO DE CIUDAD BOLIVAR, ESTADO BOLÍVAR, en fecha veintidós (22) Febrero de Dos Mil Dieciséis (2016), mediante la cual declaró Con Lugar el reclamo por Aumento y Pago de Aumento de Salario con Retroactividad desde el día 15 de mayo de 2015, solicitado por los ciudadanos DIANA CEDEÑO, ROLANDO VARGAS, ARGENIS MENDOZA y NELSON TOVAR, venezolanos, titulares de la C.I. Nº V-8.957.650, 13.995.556, 11.269.871 y 14.884.113, respectivamente, contra la hoy recurrente. SEGUNDO: Vista la declaratoria sin lugar del presente recurso se ordena .....