Por todas las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este JUZGADO PRIMERO DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por COBRO DE DIFERENCIAS DE ACREENCIAS LABORALES, interpuesta por el ciudadano: ANGEL MANUEL BOLÍVAR CRUZ, contra la empresa la empresa TRANSPORTE GT, C.A., por lo que se condena a esta última a cancelarle al accionante los conceptos y montos establecidos en la parte motiva de la presente decisión, el cual arroja una cantidad de QUINIENTOS DOCE MIL DOSCIENTOS TREINTA Y OCHO BOLIVARES CON SESENTA Y CINCO CENTIMOS (Bs. 512.238,65). SEGUNDO: En cuanto a los intereses sobre la prestación de antigüedad se condena a la parte demandada a su pago a los accionante, cuyo monto se determinará mediante experticia complementaria del fallo, en los términos que se estableció en la parte motiva de.....