Por las consideraciones que anteceden, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, sede Ciudad Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: INADMISIBLE SOBREVENIDAMENTE la pretensión de amparo constitucional interpuesta por los ciudadanos JORGE YOHAN ASICLE y JOSE MIGUEL NAVARRO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nº V- 11.723.892 y V- 19.870.430, respectivamente, contra la EL CONSEJO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO HERES DEL ESTADO BOLÍVAR. ASI EXPRESAMENTE SE DECIDE.
SEGUNDO: INADMISIBLE la adhesión de los ciudadanos DAVID URAMIARE MATA y ARMANDO VALDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº 25.963.740 y 11.173.434, donde interponen Acción de tutela de derechos e interese difusos colectivos.
La presente decisión se fundamenta en lo dispuesto en l.....