Por todos los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO, DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR, SEDE CIUDAD BOLÍVAR, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: CON LUGAR LA PRESENTE DEMANDA por SOLICITUD DE CALIFICACION DE DESPIDO, interpuesta por el ciudadano OSCAR ALBERTO GUZMAN PETROCELLI, contra la empresa SEGUROS NUEVO MUNDO, S.A., ambas partes identificadas en autos.
Se condena a REENGANCHAR al accionante a su puesto de trabajo en las mismas condiciones que se encontraba antes de su despido ilegal, y a concederle los salarios caídos sobre la base del salario diario de Bs. 216.666,00, o su equivalente en bolívares fuertes, desde la fecha de notificación de la demandada, el día 22 de Abril del 2008, hasta su efectiva reincorporación.
Se condena en costas a la parte demandada por haber resultado totalmente vencida en el presente juicio.