En consideración a lo precedentemente expuesto, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR, SEDE CIUDAD BOLIVAR, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Desistido el presente procedimiento y en consecuencia terminado el proceso en virtud de la incomparecencia de la parte recurrente a la realización de la audiencia oral y pública de Juicio.
SEGUNDO: Sin lugar el Recurso de Nulidad dado el desistimiento efectuado.