Por todos los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO, DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR, SEDE CIUDAD BOLÍVAR, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS DERIVADOS DE LA RELACION LABORAL, interpuesta por el ciudadano MIGUEL ANTONIO NATERA MORALEJOS contra la empresa C.A. LA ELECTRICIDAD DE CIUDAD BOLIVAR (ELEBOL)., ambas partes identificadas en autos, por lo que se condena a la demandada al pago de los siguientes conceptos:
1. Antigüedad e Intereses Sobre Prestaciones Sociales.
2. Vacaciones y Bono Vacacional
Este Tribunal ordena el pago de intereses de mora, los cuales se calcularan a las tasas fijadas por el Banco Central de Venezuela, de conformidad con lo establecido en el artículo 108, literal b, de la Ley Orgánica del Trabajo y la indexación judicial, los cuales serán calculado.....