En mérito a las consideraciones expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara TERMINADO EL PROCEDIMIENTO en la ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL incoada por el ciudadano JORGE LUNA contra la presunta negativa del INSTITUTO MUNICIPAL DE TRANSPORTE TOMAS DE HERES., de acatar la Providencia Administrativa Nº 2010-00276, dictada en fecha 26-11-10, por la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DE CIUDAD BOLÍVAR, ESTADO BOLÍVAR, que declaró Con Lugar la Solicitud de Reenganche y Pago de Salarios Caídos, incoada por el accionante.