En merito de las consideraciones antes expuestas este Juzgado acuerda la acumulación del presente asunto al distinguido con el alfanumérico FP02-N-2011-000004, por lo que se procederá a su remisión vencidos como fueren los cinco (05) días hábiles siguientes a la presente fecha sin que conste impugnación alguna de lo aquí acordado. Así se establece.