En virtud de lo precedentemente expuesto, este TRIBUNAL PRIMERO (1º) DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR, SEDE CIUDAD BOLÍVAR, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: PRIMERO: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO en el juicio que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES y OTROS CONCEPTOS LABORALES, sigue la ciudadana DONATELLA DEL VALLE CAMPOS MORAN, contra el INSTITUTO DE SALUD PÚBLICA DEL ESTADO BOLIVAR (I.S.P.E.B.), ambas partes plenamente identificadas en las actas procesales. SEGUNDO: Una vez, transcurrido los lapsos respectivos sin que ejerzan los recursos correspondientes se ordenará el archivo del expediente mediante auto separado. TERCERO: Se ordena notificar al Procurador General del Estado Bolívar, de conformidad con lo establecido en el artículo 111 de la Procuraduría General de la República. CUARTO: No hay condenatoria en costas a la parte actora de conformidad con lo disp.....