Por todas las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar Sede Ciudad Bolívar, Administrando Justicia y en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: Primero: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por la ciudadana LESBIA ZERPA, en contra de la Agropecuaria "EL POTRERO" , C.A., ambas partes plenamente identificados en autos. Segundo: en consecuencia condena a la parte demandada a pagar al actor la cantidad de OCHO MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS TREINTA Y OCHO BOLIVARES CON DIEZ Y SIETE CENTIMOS (Bs. 8.475.338,17).