´´POR LO ANTES EXPUESTO este Juzgado Tercero (3º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediaci´çon y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judical del Estado Bolívar, sede Ciudad Bolívar, DECLARA improcedente LA MEDIDA PREVENTIVA de embargo sobre bienes muebles, solicitada por la representación judicial del actor. ´´