III. Dispositiva
En razón de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Primero (1º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley,
DECLARA:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el reclamo ejercido por la parte demandante, en contra de la experticia consignada en fecha 22 de Octubre de 2013 por la experto designado Lic. Ysaira Brito, en el juicio que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES sigue la ciudadana, CARLA MARINA FERNANDES BRAS en contra de EMPRESAS SUPER AUTOS sociedad mercantil de la cual forman parte la Sociedad Mercantil SUPER AUTOS PUERTO ORDAZ COMPAÑÍA ANONIMA, SUPER AUTOS TEPUY COMPAÑÍA ANONIMA, SUPER AUTOS CARABIOBO C.A, SUPER AUTOS CAMIONES PUERTO ORDAZ C.A, todos suficientemente identificados en este fallo;
SEGUNDO: SE MODIFICA la experticia complementaria del fallo consignada por el experto Lic. Ysaira Brito en fe.....