Es por ello que este Tribunal Sexto (6º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, da por Concluido el Proceso y HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de Cosa Juzgada.
Asimismo se deja expresa constancia que la causa continuara con respecto a los ciudadanos LUIS LONGART, JUAN PIGUS y PEDRO AGUILERA, en tal sentido se convoca a las partes para el día Jueves siete (07) de Noviembre de 2013 (07/11/13), a las 09:00 AM, de conformidad con el artículo 132 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, quedan notificada las partes a fin de continuar las conversaciones y mediar la solución del conflicto, por cuanto la inasistencia de alguno de ellos o de todos, acarrearía las consecuencias jurídicas previstas en la Ley. Es terminó, se leyó y conforme firman.