En mérito de lo precedentemente expuesto, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano EDVON LEON; en contra de la sociedad mercantil SERENOS RESPONSABLES, C.A.,
SEGUNDO: En virtud de esta declaratoria deberá la parte demandada cancelar al accionante la de CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS VEINTIDOS BOLIVARES CON DIECINUEVE CENTIMOS (Bs. 4.836.922,19), además de los montos que arroje la experticia complementaria del fallo que a tal efecto se ordeno realizar.
TERCERO: Se condena en costas a la parte demandada de conformidad con el Artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, por haber vencimiento total.