En mérito de lo precedentemente expuesto, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR Administrando Justicia en
nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda incoada por los ciudadanos HERNAN JOSÉ LUGO ROMERO, DANIEL JOSÉ FRESCA, JOSEPH G GUZMÁN MARQUEZ, RICHARD JOSÉ GARCÍA COA, ELVIS MARRERO MARRON, MANUEL A CARDOZO TORRES, DUBE RAFAEL BIDEAU GARCIA, LUIS RAFAEL CORTEZ SALAZAR y JESÚS EDILIO RIVERO, en contra OBRAS CIVILES Y MANTENIMIENTO, C.A (OBCIMA), en consecuencia deberá cancelar a los actores la cantidad de CINCUENTA Y NUEVE MILLONES SETECIENTOS SETENTA MIL DOSCIENTOS QUINCE BOLÍVARES CON SETENTA Y DOS CÉNTIMOS (Bs. 59.770.015,72), además de lo correspondiente a la diferencia de intereses sobre prestaciones sociales, intereses moratorios y la indexación o corrección monetaria que a tal efecto resulte de la e.....