Por las consideraciones antes expuestas, este Juzgado Segundo de Juicio de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECLARA
HOMOLOGADA en todas y cada una de sus partes la TRANSACCIÓN presentada en fecha 06 de Diciembre de 2007, por un monto de DIEZ MILLONES DE BOLIVARES,(BS. 10.000.000,00), monto cancelado mediante cheque del Banco Guayana, signado con el Nro. 47018425 , por considerar que está ajustada a derecho, a los fines de que tenga fuerza de cosa juzgada, conforme a lo establecido en el Artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y los Artículos 9 y 10 de su Reglamento, en concordancia con los Artículos 255 y 263 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, se da por terminado el presente procedimiento y se ordena el archivo del expediente. ASI SE DECIDE.
De conformidad con lo estab.....