V
DECISION
En mérito de lo precedentemente expuesto, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano CRUZ ESTEBAN ANDRADE FEBRES; en contra de la sociedad mercantil OBRAS CIVILES Y MANTENIMIENTO, C.A. (OBCIMA, C.A.).
SEGUNDO: En virtud de esta declaratoria deberá la parte demandada cancelar al accionante la cantidad de SEIS MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y SEIS BOLÍVARES (Bs. 6.466.476,00) además de los montos que arroje la experticia complementaria del fallo que a tal efecto se ordeno realizares de dinero que arroje la experticia ordenada realizar.
TERCERO: No se condena en costas a la parte demandada de conformidad con el Artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, por n.....