este Juzgado Segundo de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial Laboral del Estado Bolívar, Extensión Puerto Ordaz en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara en este mismo acto: LA CONFESIÓN FICTA de la demandada. Por otra parte se deja constancia que la ciudadana Jueza en fase de evacuación de pruebas con relación a las documentales promovidas y consignadas por la parte demandada, hizo pasar al estrado a la extrabajadora y le puso a la vista recibos de Liquidación de Prestaciones Sociales, los cuales rielan a los folios 29 y 30, la misma manifestó a viva voz que efectivamente habían sido recibidas por su persona, en tal sentido quedando de esta forma como ciertos los referidos recibos, razón por la cual se tiene que la trabajadora recibió por concepto de liquidación la cantidad de Bs. 2.227.828,50. Ahora bien haciendo el análisis de los conceptos reclamados, considera esta Juzgadora que los mismos son procedentes, ya que los mismos no son c.....