VI
DECISION
En mérito de lo precedentemente expuesto, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la acción intentada por el ciudadano LUIS RAMON AZOCAR MARTINEZ, en contra de la Empresa SERENOS RESPONSABLES C.A.
(SERECA), en tal sentido debe la Empresa demanda cancelar al actor debiendo la Empresa demandada cancelar al actor la cantidad de CUATRO MILLONES CIENTO CINCUENTA Y OCHO MIL BOLÍVARES (Bs. 4.158.000,00), además de lo que arroje la experticia complementaria del fallo que a tal efecto se ordeno realizar.-
SEGUNDO: Se condena en costas a la parte demandada, de conformidad con el artículo 59 de la LOPT, por haber vencimiento total.