DISPOSITIVA
En fuerza de las consideraciones anteriores, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por Cobro de Prestaciones Sociales incoada por los ciudadanos MOISES CASTRO ZAMORA y OSCAR MARTINEZ URBINA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 13.091.058 y 10.835.953 respectivamente contra la empresa UNION VENEZOLANA DE MANTENIMEINTO GENERAL (UNIVENCA). Así se establece.-
SEGUNDO: No hay condenatoria en Costas dada la naturaleza del fallo. Y así se establece.-
TERCERO: Con relación a las costas derivadas de la incidencia de cotejo, se condena a la parte demandada a su respectivo pago, de conformidad con el artículo 94 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Y así se establece.-