DECISION
En mérito de lo precedentemente expuesto, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la Acción que por cobro de Diferencia de Utilidades, intentara el ciudadano ANTONIO APONTE, en contra de la Empresa TUBOS DE ACERO DE VENEZUELA, S.A. (TAVSA).
SEGUNDO: No se condena en costas a la parte demandante de conformidad con lo establecido en el Artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.