DISPOSITIVA
En fuerza de las consideraciones anteriores, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda por Cobro de Prestaciones Sociales incoada por los ciudadanos PEDRO PABLO VERA, EDWARD CALDERON, JEAN CARLOS ALCOCER, ALEXIS SUBERO, LEUDYS RAMOS y TERESA DE JESUS BLANCO, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad nros. 8.944.047, 4.121.202, 13.089.075, 8.180.662, 15.781.249 y 3.219.271 respectivamente, en contra de la empresa TELERADIO R.G. C.A. Así se establece.-
SEGUNDO: Se condena Costas a la parte demandada de conformidad con lo establecido en el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Y así se establece.-