Por todo lo precedentemente establecido, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PERIMIDA LA INSTANCIA en la acción de nulidad propuesta por la Sociedad Mercantil FARMACIA SALUD KUKENAN, C.A. contra en contra de LA PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA Nº 2010-0412, de fecha 18 de mayo de 2010, emanada de la INSPECTORÍA DEL TRABAJO ALFREDO MANEIRO DE PUERTO ORDAZ, ESTADO BOLIVAR, mediante la cual se declaró con lugar la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos al ciudadano CARLOS CENTENO, venezolano y titular de la cédula de identidad Nº 19.911.302.