DECISION
En mérito de los argumentos de hecho y de derecho precedentemente expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la solicitud de calificación de despido interpuesta por el ciudadano RONY RODRIGUEZ, en contra de de la empresa EDITORIAL RG, C.A.:
No se condena en costas a la parte demandante de conformidad con lo establecido en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
La anterior decisión está fundamentada en los artículos 2, 19, 26, 89, 257 y 334 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en los artículos 10, 64, 77, 78, 159, de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, y el artículo 65 de la ley Orgánica del Trabajo.