Se publicó sentencia interlocutoria, mediante la cual se declara: ADMITE LA ACCION DE AMPARO CONSTITUCIONAL interpuesta por las ciudadanas MARIACNE YEMEZ, GLORIS GARCIA y MERYGER KELLY, venezolanas, mayores de edad y titulares de las Cédulas de Identidad números 8.963.704, 10.570.259 y 14.778.145, respectivamente, debidamente asistidas por el abogado Antonio Gómez, venezolano, mayor de edad e inscrito en el Inpreabogado bajo el número 26.957, contra la SOCIEDAD MERCANTIL C.V.G. ALCASA.