DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho precedentemente expuesta este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL CIRCUITO LABORAL DEL ESTADO BOLÍVAR EXTENSIÓN TERRITORIAL PUERTO ORDAZ, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE IN LIMINE LITIS la acción de amparo constitucional incoada por ANGEL SILVA RUIZ y MARCOS MARIÑO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nro. V-6.054.509 y V-8.870.961, respectivamente, actuando en su propio nombre y en su condición de SECRETARIO GENERAL DEL SINDICATO UNICO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA ELECTRICA Y SUS SIMILARES DEL ESTADO BOLÍVAR (SINTRAELECTRIC), y SECRETARIO GENERAL DEL SINDICATO DE TRABAJADORES ELECTROMECANICOS Y DE OTRAS LABORES DE LA EMPRESA EDELCA (PRESA GURÍ), , en contra de la EMPRESA C.V.G. ELECTRIFICACIÓN DEL CARONÍ, C.A. (CVG EDELCA), y en contra de la Junta Directiva del SINDICATO DE TRABAJADOR.....