Se dictó sentencia homologando el DESISTIMIENTO presentado por la parte actora en el presente proceso, de conformidad con lo establecido en el art. 263 del C.P.C.- Se dejó sin efecto la medida preventiva de embargo decretada en fecha 09-10-2006, ordenando oficiar lo conducente al Representante Legal de la Depositaria Judicial "Las Moreas, S.R.L".-