Por todas las razones expuestas, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y DEL TRANSITO DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la demanda de ACCION REIVINDICATORIA DE PROPIEDAD, propuesta por la ciudadana: LIZ DEL CARMEN SALAS DIAZ, actuando en nombre y representación de sus menores hermanos HEIDI GABRIELA MIRANDA DIAZ y JEAN PEDRO MIRANDA DIAZ, en contra de los ciudadanos: ANGEL LUIS DIAZ RODRIGUEZ y MIGUEL ANGEL DIAZ RODRIGUEZ, todos identificados en la presente decisión.