PRIMERO: INADMISIBLE la presente acción de Amparo Constitucional intentada por el ciudadano Edgar De Jesús Barreto Azocar, titular de la cédula de identidad Nº 15.635.633, en su carácter representante de la empresa Inversiones La Bendición de Dios, compañía anónima, inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, contra actuaciones judiciales dictadas por los Juzgados Segundo y Tercero Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, en el expediente MUN-2023-963, de conformidad con lo previsto en el ordinal 5° del artículo 6 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.
SEGUNDO: SE REVOCAN por contrario imperio los autos de admisión dictado en fecha 04/12/2023 y 13/12/2023.
TERCERO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de esta decisión.