En consecuencia, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley le NIEGA LA HOMOLOGACIÓN A LA TRANSACCIÓN celebrada entre las partes up supra con motivo de COBRO DE BOLIVARES (VÍA INTIMCIÓN), interpuesta por la ciudadana NAIROBYS CEDEÑO contra WILLIAM HERNANDEZ.