Ahora bien, por los razonamientos precedentemente expuestos este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito del Primer Circuito de esta Circunscripción Judicial, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA INADMISIBLE la demanda por RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA DE DOCUMENTO PRIVADO, intentado por el ciudadano OSCAR ALBERTO GUEVARA SILVA, contra los ciudadanos ISRAEL ANTONIO MANRIQUE y MARIA DEL VALLE SILVA, todos up supra identificados, de conformidad con el artículo 341 del Código de Procedimiento Civil, por ser contraria a derecho así se decide.