III
DECISIÓN
En mérito de las consideraciones expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: SIN LUGAR, la Cuestión Previa, opuesta por la parte demandada, contenida en el ordinal 1º del Artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, referida a la Falta de Jurisdicción del Poder Judicial para conocer de la presente causa de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, incoada por SOCIEDAD MERCANTIL PROMOCIONES Y DESARROLLO NARAYA, contra de la SOCIEDAD MERCANTIL INGENIERIA E INFORMATICA, C.A (INFOING), todos identificados en el capítulo I de este fallo. En consecuencia, se REAFIRMA LA JURISDICCIÓN DE ESTE TRIBUNAL para seguir conociendo de la presente Causa. -