En el caso bajo estudio se pretende la Resolución del Contrato por el incumplimiento del demandado en el pago de los cánones de arrendamientos, Así tenemos que se entiende por Resolución de un contrato la terminación del mismo en virtud del incumplimiento culposo de una de las partes contratantes; su terminación es exclusivos de los contratos bilaterales (Maduro L Eloy, pp 591, Curso de Obligaciones, Derecho Civil III).
De autos se desprende que existe un contrato de arrendamiento entre las partes por un apartamento, habiéndose pautado la cantidad de Trescientos Cincuenta Mil Bolívares (Bs.350.000,oo), que demuestra la existencia de la relación arrendaticia ; por otra parte es evidente y tomando como norte lo pautado en el artículo 12, 254 y 506 de la norma procesal :
Por otra parte plantea la norma Especial en su articulo 33 y 34 lo siguiente:
Articulo 33 LAI: Las demandas por desalojo, cumplimiento de contrato o resolución de un contrato de arrendamiento.....