Este Tribunal Segundo del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECRETA MEDIDA PREVENTIVA DE SECUESTRO, sobre un bien inmueble constituido por un local comercial, ubicado en el Centro Comercial Abboud Center II, entre las calles Paseo Orinoco y Venezuela distinguido con el Número L9 y L10 de esta ciudad, el cual se encuentra en posesión de la empresa mercantil DAKOTA CHIKEN representada por el ciudadano DOUGLAS ERNESTO CHAVEZ OROPEZA plenamente identificado en autos, y MEDIDA PREVENTIVA DE EMBARGO, sobre bienes propiedad de la parte demandada hasta cubrir la cantidad de NOVENTA MIL BOLIVARES FUERTES CON CERO CENTIMOS (Bsf 90.000,00), que comprende el doble de la suma demandada correspondiente a la cantidad de CUARENTA Y CINCO MIL BOLIVARES con cero céntimos (Bsf. 45.000,00) correspondientes a las nueves mensualidades demandas correspondientes a los cánones i.....