Este Juzgado Segundo del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, con apego a las disposiciones contenidas en el artículo 70 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el aparte único del artículo 71 eiusdem, solicita de oficio la REGULACIÓN DE COMPETENCIA y la eleva ante la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, por no haber en la circunscripción un Tribunal Superior, común a ambos jueces. Y ASI SE DECIDE.-
Remítase copia certificada del presente asunto a la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, mediante oficio.