... este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara firme el decreto de Intimación, de conformidad con lo previsto en el Artículo 651 del Código de Procedimiento Civil; en consecuencia, fija un plazo de TRES (03) DIAS de despacho para que pague o acredite haber pagado, de conformidad con el Artículo 524 del Código de Procedimiento Civil.