D I S P O S I T I V A
Por las razones antes expuestas, esta Sala Accidental Sección Adolescente de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: CON LUGAR el Recurso de Apelación de Auto, interpuesto por la Abogada DAMARIS RAMIREZ, actuando con el carácter de Fiscal Noveno del Ministerio Público en Materia Penal En Responsabilidad del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, en la causa signada con el N° 1C-1.128/06, numero de ese Tribunal de Control, y nomenclatura FP01-R-2006-000191, Nº de este Instancia Superior, contra la Decisión dictada en fecha 23 DE Junio de 2006, por el Tribunal Primero de Primera Instancia en Función de Control Sección Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, extensión Territorial Puerto Ordaz, donde se decreta al Favor del ciudadano ad.....