Se dicto y publico sentencia definitiva, mediante el cual se declaró: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la demandada, en consecuencia se declara:Primero: PARCIALMENTE CON LUGAR la accion incoada; fijandose: A) Como obligación de manutención el monto de OCHOCIENTOS BOLIVARES en forma mensual y consecutiva. B) el monto de UN MIL DOSCIENTOS BOLÍVARES, por concepto de bono vacacional. C) Para Para gastos de colegio, uniformes y útiles escolares, se fija la suma de UN MIL QUINIENTOS BOLÍVARES, los cuales deberán ser cancelados por el trabajador en la primera quincena del mes de agosto de cada año. D)para la época decembrina, la suma de DOS MIL BOLÍVARES. Segundo: Se declara improcedente la reposición de la causa solicitada por la apelante.Tercero: Quedando así en consecuencia REVOCADA la decisión dictada por el Juzgado A quo.