Declara SIN LUGAR apelación interpuesta por el abogado RACHID RICARDO HASSANI en su carácter de co-apoderado judicial d ela parte actora RONCAL BUS C.A. En consecuencia, queda así CONFIRMADA la decisión de fecha 05 de octubre del 2006 dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar.