En mérito de lo anteriormente expuesto este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito de Protección del Niño y del Adolescente del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la demanda por REIVINDICACIÓN incoada por NERIDA DEL VALLE AGUILERA DE MATTEI y DINORA JOSEFINA MATTEI AGUILERA contra PEDRO JESUS MANZANO AULAR. En consecuencia, se condena al demandado de autos a entregar a las accionantes el terreno ubicado en la Calle Principal del Barrio La Lorena de esta ciudad, el cual tiene una superficie aproximada de un mil metros cuadrados (1.000 Mts2) y se encuentra comprendido dentro de los siguientes linderos y medidas: Norte: Casa y solar del ciudadano Luís Beltrán con cincuenta metros (50,00 Mts), hoy día el club Vista Alegre; Sur: Casa y solar de Remberto Hernández con cincuenta metros (50,00 Mst); Este: Casa y solar de Remb.....