Se dictó y publicó dispositivo N° PJ0172017000020, mediante el se declaró: Primero: COMPETENTE este juzgado superior en sede constitucional, para conocer y decidir esta querella constitucional. Segundo: INADMISIBLE la presente acción de amparo constitucional incoada por el ciudadano Eusebio José Ramírez López contra el auto de fecha 20-01-2017 -folio 55 al 58- dictado por el Juzgado querellado, conforme a lo previsto en el artículo 6 ordinal 5 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. Así se decide.