Con Lugar la inhibicion planteada por la Abg. MARIA EUGENIA SALAZAR, en su caracter de Jueza del Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivar, invocando las causales 1° y 2° del articulo 82 del Código de Procedimiento Civil, en el Procedimiento de Medida de Embaro Preventivo inoado por la ciudadana Flor de Maria Severini contra Maria Renata Rosario Tovar y otros. Se ordena darle salida mediante auto egreso y librar correspondientes oficios.-