Por todas las consideraciones antes expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario, del Tránsito, de Protección de Niños, Niñas y de Adolescente del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
Primero: CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la ciudadana Judith Arrioja.
Segundo: Se REVOCA parcialmente la decisión dictada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en fecha 02 de agosto de 2010, en cuanto al numeral 2º de la sentencia recurrida, en consecuencia, se mantiene la medida de colocación en hogar sustituto en la residencia de la recurrente (Judith Arrioja) a la niña Maria José Lugo Diaz, en virtud de lo cual, de conformidad con el artículo 403 de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, la referida ciudadana será re.....