CON LUGAR la apelación interpuesta por el abogado ANTONIO RAFAEL PADRON, inscrito en el inpreabogado bajo el nro. 29.335 en su carácter de apoderado judicial del ciudadano LUIS ALEXIS ZAMORA parte demandada en el juicio que sigue la ciudadana MAYERLIN DEL CARMEN PALMA por OBLIGACION DE MANUTENCION. Queda así REVOCADA la sentencia interlocutoria de fecha 20 de abril del 2009 dictada por el Tribunal de protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, mediante la cual REVOCA POR CONTRARIO imperio el auto de fecha 15-04-2009.- En consecuencia se REPONE LA CAUSA AL ESTADO DE QUE SE FIJE Y EVACUE LA PRUEBA DE TESTIGO PROMOVIDA POR LA PARTE DEMANDADA.