Por las razones que anteceden, este JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, se declara: IMPROCEDENTE la MEDIDA CAUTELAR INNOMINADADE PROTECCIÓN, a favor de la Institucionalidad de la Corporación Profesional; COLEGIO DE ABOGADOS DEL ESTADO BOLIVAR, solicitada por los abogados EDGAR ANNOVER BATISTA y ERNESTO DAVID ULACIO, actuando en su carácter de apoderados judiciales del ciudadano FÉLIX OSWALDO ISTURIZ NAVAS, en su condición de Presidente, de la Corporación Profesional Colegio de Abogados del Estado Bolívar.
Publíquese, regístrese, déjese copia certificada de esta decisión.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito, del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en Ciudad Bolívar a los veinte (20) días del mes de Juni.....