En mérito de lo anteriormente expuesto este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, de Protección del Niño y del Adolescente del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la acción de PRESCRIPCION ADQUISITIVA O EXTINTIVA propuesta por la Sociedad Mercantil, GUAYABOLIVAR, C.A., contra la Asociación Cooperativa Servicios Múltiples Auyantepuy S.R.L. Se declara CON LUGAR el Recurso de apelación ejercido por la parte actora contra la sentencia definitiva de fecha 14 de Noviembre del año 2.008. En consecuencia, se declara propietarios de los locales comerciales identificados de la siguiente manera: LOCAL COMERCIAL PB-07 que se encuentra ubicado en la planta baja del Edificio Centro Cooperativo, el cual posee un área aproximada de veintinueve metros cuadrados con cinco decímetros (29,05 Mts 2), constituido por un local destinado a come.....