declara CON LUGAR la apelación interpuesta por la ciudadana NARGELIS TERESA DOMINGUEZ debidamente asistida por la abog. NELIDA RAMOS GIORON, inscrita en el Inpreabogado bajo el nro. 85.539. En consecuencia se ordena REPONER LA CAUSA AL ESTADO de que se avoque y notifique de la causa a los interesados dicho avocamiento al Juez que resulte competente. Y se notifique de la solicitud de CONVERSION DE LA SEPRACION DE CUERPO EN DIVORCIO a la cónyuge NARGELIS TERESA DOMINGUEZ conforme al 185-A- del Código Civil. Se declara Nula la sentencia recurrida de conformidad con el 206 y 208 del Código de Procedimiento Civil.